Términos y Condiciones
PREMIATÓN NAVIDEÑA – 01 DE DICIEMBRE 2025
La Premiatón Navideña del 01 de Diciembre de 2025 (en adelante, "la Rifa") es una actividad promocional organizada por EL QUE COMPRÓ COMPRÓ, marca comercial de INVERSIONES A Y V, S.A., válida a nivel nacional en Guatemala, y regulada por los presentes Términos y Condiciones.
La participación en esta Rifa implica la aceptación total y sin reservas de este documento.
1. Vigencia y disponibilidad de boletos
1.1. La Rifa se llevará a cabo el 01 de diciembre de 2025.
1.2. Los boletos estarán disponibles para su compra los días 28, 29, 30 de noviembre y 01 de diciembre de 2025.
1.3. El organizador se reserva el derecho de suspender temporalmente la venta en caso de fallas técnicas, fuerza mayor o situaciones ajenas a su control.
2. Naturaleza y composición de los boletos
2.1. Cada boleto contiene tres (3) números de cinco (5) cifras cada uno, y cada número representa una oportunidad independiente de ganar.
2.2. Todos los boletos son electrónicos.
2.3. Cuando la compra se realiza con vendedores autorizados, se entrega un comprobante impreso generado en tiempo real.
2.4. Cuando la compra se realiza en línea en www.elquecomprocompro.com, el boleto se envía en formato PDF al correo registrado.
2.5. El organizador no se hace responsable si el participante pierde, elimina o extravía el boleto electrónico y no cuenta con respaldo.
3. Formas de compra autorizadas
3.1. Los boletos solo pueden adquirirse a través de:
- Vendedores debidamente autorizados.
- La página web oficial www.elquecomprocompro.com.
3.2. Queda terminantemente prohibida la venta realizada por canales no oficiales. Cualquier boleto adquirido fuera de los medios autorizados se considera inválido.
4. Premios
Los premios correspondientes a esta Rifa son los siguientes:
- Premio 1: Motocicleta Italika D-150.
- Premio 2: Televisor de 85 pulgadas.
- Premio 3: Televisor de 85 pulgadas.
- Premio 4: Refrigeradora de 2 cuerpos.
- Premio 5: Refrigeradora de 2 cuerpos.
- Premio 6: Torre de Víveres valorada en Q5.000.
- Premio 7: Bocina grande con pantalla integrada.
- Premio 8: Bocina grande con pantalla integrada.
- Premio 9: Bocina grande con pantalla integrada.
- Premio 10: Bocina grande con pantalla integrada.
4.1. Los premios no son canjeables por dinero, otros productos ni descuentos.
4.2. Las imágenes publicadas de los premios son ilustrativas; las especificaciones del modelo entregado pueden variar sin afectar el valor comercial.
5. Sorteo
5.1. El sorteo se realizará el 01 de diciembre de 2025, utilizando la Urna Virtual de El Que Compró Compró.
5.2. Se efectuará un sorteo independiente por cada premio.
5.3. El resultado del sorteo será publicado en redes sociales y en la página web: www.elquecomprocompro.com.
5.4. En caso de falla técnica, el sorteo continuará y será igualmente válido.
6. Validación de ganadores
6.1. El ganador deberá presentar obligatoriamente:
- El boleto electrónico o impreso (físico o digital).
- El código PassKey, único e irrepetible del boleto.
- Su DPI original.
6.2. Sin la coincidencia del número ganador + PassKey + DPI del comprador, NO podrá entregarse el premio.
6.3. Por seguridad, el premio solo puede ser entregado a la persona registrada en la compra, sin excepción.
6.4. Si un boleto fue comprado por un vendedor para un tercero, el nombre del tercero debe haber sido ingresado correctamente al sistema al momento de la venta.
7. Procedimiento para reclamar premios
7.1. El ganador dispone de 30 días calendario contados a partir del anuncio oficial para reclamar el premio.
7.2. El organizador tiene hasta 5 días hábiles para entregar el premio una vez cumplidos los requisitos de validación.
7.3. Si el ganador no reclama su premio dentro del plazo establecido, se considerará renunciado automáticamente, sin responsabilidad para el organizador.
8. Impuestos y retenciones
De conformidad con la legislación tributaria de Guatemala:
8.1. ISR – Impuesto Sobre la Renta (Decreto 26-92, Artículo 62)
Se retendrá el 10% del valor del premio, con carácter de pago definitivo.
8.2. Timbre Fiscal (Ley de Timbres Fiscales, Artículos 2.5 y 84.4)
Todo premio está sujeto al pago de 3% de Timbre Fiscal.
8.3. Ambos impuestos serán descontados del monto del premio antes de la entrega.
8.4. El organizador emitirá los documentos tributarios correspondientes.
9. Responsabilidades y limitaciones
9.1. El organizador no será responsable por:
- Pérdida de boletos.
- Boletos adulterados, duplicados o modificados.
- Fallas en internet, electricidad o dispositivos del usuario.
- Datos mal ingresados por el participante o vendedor.
9.2. Si se detecta fraude, manipulación digital, robo de identidad o uso indebido de la plataforma, el boleto será anulado sin derecho a reclamo.
10. Protección de datos
10.1. Los datos personales serán tratados conforme a las leyes aplicables y únicamente para efectos administrativos, contables y de validación de premios.
10.2. El participante autoriza el uso de su nombre y fotografía para fines de publicidad de la Rifa sin remuneración adicional.
11. Aceptación y modificaciones
11.1. La participación en la Rifa implica la aceptación plena de estos Términos y Condiciones.
11.2. El organizador se reserva el derecho de modificar este documento por causas justificadas, garantizando que no afecte derechos adquiridos de los participantes.
12. Jurisdicción
Cualquier controversia derivada de este evento se resolverá conforme a las leyes de la República de Guatemala y ante los tribunales competentes.
© 2025 INVERSIONES A Y V, S.A. - El Que Compró Compró
